viernes, 4 de junio de 2010

Entorno carcelario.


El día 1 de Junio tuvo lugar otra exposición grupal, y más concretamente la relacionada con la siguiente temática: entorno carcelario. Las miembros del grupo al frente de tal exposición fueron: Isa, Lorena y Ana.

A continuación quedan recogidos algunas de las ideas y conceptos que en este día se pusieron de manifiesto, y finalmente, daré mi opinión sobre la forma de exponer de mis compañeras.

La normativa penitenciaria la conforman:

- Constitución Española de 1978.
- Ley Orgánica Penitenciaria 1/79 de septiembre.
- Reglamento Penitenciario Real Decreto 190/1996.

Cuando una persona ingresa en la cárcel, se le asigna un grado. Para ello, la Junta de tratamiento interviene con esa persona y a partir de esa intervención, se le asigna un grado concreto. Al hablar de intervención, debemos hacer mención a un programa individualizado de tratamiento donde se incluyen diferentes actividades, programas educativos, trabajos y actividades ocupacionales.

En función de esta idea, es necesario decir que dentro de un centro penitenciario se incluyen tanto a internos penados como a preventivos.

El régimen de privación de libertad está compuesto por el régimen cerrado, régimen ordinario, régimen abierto y libertad condicional.

Dependiendo del delito cometido por la persona, accederá a un tipo de régimen concreto.

Además, el tipo de régimen se asocia a un grado concreto. Veámoslo:

Régimen cerrado: incluye a las personas consideradas muy peligrosas, por tanto, se incluyen a los reclusos de 1º grado.
Régimen ordinario: 2º grado
Régimen CIS (Centro de Reinserción Social): 3º grado. Los CIS también quedarían divididos, y todos los que se incluyen a continuación se conforman como ficheros internos:

CIS 1: incluye a personas conflictivas y peligrosas que han puesto en peligro la vida de los funcionarios de prisión, por tanto el control se pone muy en práctica.

CIS 2: incluye a los narcotraficantes.

CIS 3: bandas armadas como ETA.

CIS 4: Fuerzas de seguridad.

CIS 5: Características especiales.

Cuando una persona ingresa en prisión, aparte de ponerla en contacto con la junta de tratamiento, el Educador Social sería el encargado de informar al recluso sobre las normas y el funcionamiento del centro penitenciario, es decir, cómo funcionan las salidas, los permisos, cursos de formación tanto interiores como exteriores, documentación que le hace falta a la persona para posteriormente trabajar fuera de prisión… Pero eso sí, el interno tiene que solicitar hablar con el Educador Social para que este pueda informar al recluso sobre los aspectos mencionados.

De todo lo dicho hasta ahora destaco los dos principios que guían la actuación de los distintos profesionales que un centro penitenciario incluye, y más concretamente: reeducación y reinserción social.

Con respecto al perfil de la persona reclusa, tenemos que decir que no existe un perfil concreto, ahora bien, las características que más se repiten serían:

- Situación de exclusión social: 91,95% antes de entrar en la cárcel.
- Edad: 26-30 años.
- Los hombres comenten aún más delitos que las mujeres.
- Bajo nivel educativo.
- El 51% de la población reclusa se halla en situación de desempleo cuando van a ingresar en prisión.
- Atentar contra el patrimonio o urden socioeconómico, contra la libertad sexual y salud pública serían los delitos a destacar de entre los diferentes tipos de delito en el año 2010.
- El 25% de la población reclusa padece enfermedades mentales como consecuencia del consumo de droga.

Los principales problemas a destacar dentro del colectivo sujeto a análisis en esta ocasión serían cuatro: Cuando el recluso sale de la cárcel se le sigue tachando como delincuente, muchos de ellos siguen soportando una situación de precariedad económica, su baja cualificación provoca que no puedan optar a gran cantidad de empleos y ello unido a su estancia en prisión, y finalmente, hemos de mencionar que muchos de estos reclusos sufren de un cierto abandono o separación familiar.

Algunas de las funciones que los Educadores Sociales ejercen dentro de los Servicios Sociales Penitenciarios son:

- Informar al recluso sobre el funcionamiento y normas que imperan dentro del centro.
- Observación de comportamientos
- Controlar las actividades deportivas y recreativas.
- Coordinación con los Trabajadores Sociales.
- Educar y favorecer la reinserción del interno.

Las conclusiones principales obtenidas por el grupo de trabajo son : La realidad que nos muestran los medios de comunicación no es la más adecuada, además no corresponde con la realidad, por lo que estas ideas preconcebidas no ayudan ni favorecen al interno o al recluso en su reinserción social; Falta de proyectos y programas que se lleven a cabo en los centros penitenciarios para favorecer y mejorar la reinserción social del interno; La mayoría de los internos vuelen a reincidir.
Pondré fin a esta entrada con la forma de exponer del grupo de trabajo.
En mi opinión, las compañeras al frente de la exposición supieron definir lo que es un centro penitenciario y como funciona una institución así. No conocía nada sobre esta temática, con lo cual, han sido estas compañeras quienes me han introducido en este ámbito.

La tranquilidad se apoderó del grupo en todo momento, y esto es algo que valoro mucho en una exposición.

Por lo demás, solo comentar que el grupo de trabajo empleo distintos vídeos dentro de la exposición. Eso sí, pienso que uno de estos vídeos fue demasiado largo y complejo, y más concretamente, la entrevista que estas compañeras realizaron a uno de los funcionarios del centro de reinserción social “Manuel Montesinos y Molina”. Como ya digo, el contenido de tal entrevista fue muy complejo, y ello provocó que me distrajera en algunos momentos.

Aun así, la exposición de las compañeras estuvo muy bien.





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